Exclusión temporal de participación en actividades institucionales

Realizada de forma inmediata por el directivo docente, con esta se sanciona la reincidencia en las faltas leves cometidas por el estudiante y serán registradas en el cuaderno de seguimiento.

Suspensión temporal

Con la suspensión extracurricular y/o académica hasta por 5 días, dependiendo de las circunstancias de atenuación o agravación que concurran con la acción cometida, se sancionarán las faltas graves, dicha sanción será impuesta por el directivo docente, dejando la respectiva constancia en la ficha observador del estudiante.

Valoración deficiente o insuficiente del comportamiento escolar al finalizar cada Período académico, cuando presente tres o más anotaciones en el cuaderno de seguimiento o cuando la falta sea grave o gravísima. Dicha valoración, será realizada por los docentes de cada grado, dejando constancia en el acta que legaliza dicha reunión.

Expulsión

Esta sanción se aplica a las faltas gravísimas, dependiendo de la falta cometida o las circunstancias de agravación o atenuación, el sancionado podrá perder el cupo. Dicha sanción será impuesta por el Director con el respectivo aval del consejo directivo, y una vez conocido el fallo del ente investigador. En este caso, operará la desescolarización del estudiante hasta conocerse al fallo emitido.