Proyecto Educativo Institucional (PEI)

¿QUÉ ES UN PEI?

Es el proyecto educativo que elabora cada Institución Educativa (IE) antes de entrar en funcionamiento y que debe ser concertado con la comunidad educativa: estudiantes, docentes, directivos y padres de familia. Este proyecto es el derrotero de la institución durante su existencia, aunque es susceptible de ser modificado cuando así la comunidad educativa lo requiera. "El Proyecto Educativo Institucional debe responder a situaciones y necesidades de los educandos, de la comunidad local, de la región y del país, ser concreto, factible y evaluable" (Art.73. Ley115/94).

UN POCO DE HISTORIA#

El PEI fue contemplado en la Ley General de Educación de 1994, en su artículo 73. "Con el fin de lograr la formación integral del educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento, los recursos docentes y didácticos disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento para docentes y estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos" (Art.73. Ley115/94).

OBLIGATORIEDAD DEL PEI

Por Ley, toda institución educativa debe registrar su PEI a la secretaría de educación de su municipio o departamento con el ánimo de hacerle un seguimiento. Esto se debe hacer antes de poner en funcionamiento un establecimiento educativo y cada vez que los ajustes al PEI existente sean radicales (Decreto 180/97). Sin la aprobación de la secretaría no se podrá prestar el servicio público de educación. Generado por Newtenberg 1 Los establecimientos educativos que no cumplan con este requisito serán sancionados con la suspensión de la licencia, si ya están en funcionamiento, o con la negación de la misma, si son nuevos (Decreto 1860/94).

¿QUIÉNES PARTICIPAN EN LA CONSTRUCCIÓN DEL PEI?

Toda la comunidad educativa. Desde los estudiantes de preescolar, básica y media hasta los docentes, directivos y padres de familia. Existen unos organismos de participación que se establecen el decreto 1860 de 1994. Estos son: consejo directivo, consejo académico, consejo de estudiantes y consejo de padres de familia. Los consejos de estudiantes son conformados por representantes de cada grupo de grado, es decir, cada grupo (1a, 1b, 1c) tiene su vocero que va al consejo de estudiantes para exponer las ideas que surgieron de sus salones. Estas ideas o sugerencias para el mejoramiento del PEI son llevadas por el Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo. Lo mismo ocurre con el consejo académico, conformado por un docente de cada área y con el consejo de padres de familia, delegados de la Asociación de Padres de Familia. El Consejo directivo lo preside el rector, quien es la cabeza de todo el proceso y tiene la responsabilidad de orientar y poner en marcha las ideas y proyectos del Gobierno escolar.

 

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